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Gulumapu: Amplio rechazo a intentos por pulverizar aún más las tierras indígenas.
Por Mapuexpress - Informativo Mapuche - Saturday, Sep. 25, 2004 at 5:15 PM
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Más de 120 delegados y delegadas Mapuche manifestaron su absoluto rechazo a proyecto de reforma del artículo 17 de la Ley indígena discutido en la cámara de diputados.

En una asamblea consulta de análisis y discusión realizada este jueves 23 y que fuera convocada por la Fundación Instituto indígena y organizaciones, más de 120 dirigentes y dirigentas manifestaron su absoluto rechazo y expreso del proyecto de reforma del artículo 17 de la Ley indígena que se discute en la cámara de diputados.

Dicha iniciativa legal fue presentada en octubre del año 2002 por los diputados Eugenio Tuma (PPD); Fernando Meza (PRSD) y Exequiel Silva (DC), para propiciar la divisibilidad de las tierras mapuches que actualmente protege el artículo 17 de la Ley 19.253.

Sin embargo, las organizaciones Mapuche señalaron que dicho proyecto viola las convenciones y principios del Derecho internacional en relación a los Derechos indígenas sobre inalienabilidad, indivisibilidad e inembargabilidad de estas tierras.

Asimismo, argumentan que se han transgredido una serie de normativas legales, varias de ellas consagradas en la propia Ley indígena que se refiere al espíritu e intencionalidad de proteger las tierras, el derecho al consentimiento y a la consulta previa.

Para los representantes de las organizaciones quienes redactan una carta abierta y pública para manifestar una posición oficial, han señalado que de concretarse esta imposición, acarreará nefastas consecuencias a las comunidades y sus núcleos familiares, como también, el incremento de la pérdida de tierras indígenas, el aumento de migraciones campo – ciudad, incremento de conflictos por pobreza, entre otras graves consecuencias.

Hasta ahora el Art.17 de la ley 19.253 que prohíbe la división de tierras mapuches en sitios de menos de 3 hectáreas, ha sido uno de los pocos mecanismos de protección, considerando que más del 88% de las hijuelas mapuche tienen menos de 6 hectáreas.

El proyecto legislativo, que ha sido transformado por la Comisión de Agricultura de la cámara baja, en relación a la moción original, ha ampliado el alcance de la reforma a todas las tierras indígenas (no solo las mapuche), y asimilando su divisibilidad al régimen establecido en la reciente Ley 19.807 del 2002, sobre división de predios rurales, la que ha sido considerada como un atentado al espacio rural.

En definitiva, se autorizaría subdividir todos los predios indígenas en sitios de ½ hectárea y hasta 500 metros cuadrados.

Se ha señalado, por expertos, que de ser aprobada la reforma propuesta tendrá consecuencias irreversibles. Se creará un micro-minufundio de la propiedad indígena, se pone en riesgo la integridad de las tierras y su continuo territorial, se propicia su enajenación, y se debilitará el estatuto de protección de las mismas.

El proyecto tiene requisitos de quorum de ley orgánica constitucional, por lo que necesita de 67 votos para ser aprobado en la Cámara.

En su primera votación el día 8 de septiembre del presente, obtuvo 74 votos a favor. Pero se hicieron indicaciones al proyecto por lo cual, según reglamento, solo implicó que se aprobó en general, devolviéndose a la Comisión para un segundo informe a presentar a la Cámara para votar el proyecto en particular.

Es muy probable que durante la primera semana de octubre dicha propuesta sea votada por los diputados, en medio de una férrea resistencia de las organizaciones Mapuche lo que podría generar un serio conflicto con los parlamentarios.

De aprobarse la reforma, dichas tierras serán suceptibles de división en los mismos términos del Decreto Ley 3516 sobre división de predios rústicos, es decir, podrán ser subdivididos libremente las tierras indígenas por sus propietarios en lotes no inferiores a 0,5 hectáreas físicas. Del mismo modo, según interpretaciones legales, las tierras indígenas quedarían exentas de las prohibiciones del artículo 13 de la Ley 19.253, ya que la norma específica y posterior establece que ellas podrán ser enajenadas en el plazo de (sólo) cinco años, y sin ninguna otra restricción o prohibición como la que establece dicho artículo

Para varias organizaciones Mapuche el aceleramiento parlamentario por modificar la ley obedece directamente a intereses y presiones inmobiliarios y forestales, lo que podría llevar a futuras denuncias de corrupción en contra de los gestores de dicho proyecto.

24 de setiembre


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