Julio López
está desaparecido
hace 6437 días
versión para imprimir - envía este articulo por e-mail

Caso Yryapú: qué dice el estado provincial
Por ((i)) frw - Tuesday, Jul. 29, 2003 at 8:18 PM

La Comunidad Mbya Guaraní "Yryapú" de Puerto Iguazú, Misiones, resiste los planes del estado provincial de expropiar sus tierras para convertirlas en un complejo turístico.

Aquí debajo, un email de Angela Sanchez, voluntaria de la región, con la desgrabación de una entrevista realizada a Ovidio Córdoba, Asesor Jurídico de la Dirección de Asuntos Guaraníes de la provincia.

...............................................................................................................................................

El archivo que copio a continuación es la entrevista realizada por el Programa de la Dirección de Asuntos Guaraníes que se emite, mediante convenio, por la 98.7 FM de la Universidad, los sábados de 20 a 21 hs.l

Los conductores son Luis Pedernera, Alberto Rodríguez, Blanca Barrios y como colaborador, casi siempre, Tuchu Alzaga.

Como veran esta es la forma de pensar de la Dirección de Asuntos Guaraníes autoconvencidos de que hacen bien las cosas, siguen manteniendo la postura de salvadores a la vez que denigran al Aborígen.

Hasta ahora no hay ningún acuerdo en relación a lo que dicen las autoridades de Yryapú

Esperamos que esta entrevista ayude a acumular más escombros para que no nos cansemos de devolverlos con mucha fuerza.

Con Afecto...

Angela Sánchez.
Tel. 03 757 420972
421232
e mail: mericci@arnet.com.ar

...............................................................................................................................................

DESGRABACION DEL PROGRAMA HA EVETE DEL DÍA 26.07.03

Entrevista al Dr. Ovidio Córdoba – Asesor Jurídico de la Dirección de Asuntos Guaraníes


ALBERTO RODRIGUEZ (AR) – Queríamos preguntarle cuál es el problema que existe con relación a las 600 has que en estos momentos está en discusión en la zona de Yguazú concretamente.


OVIDIO CÓRDOBA (OC) – Desde que estamos trabajando en la función de gobierno, específicamente de este gobierno, nos hemos ocupado específicamente de la problemática del Pueblo Guaraní y de la implementación de todas aquellas normativas internacionales que se condigan con el derecho positivo argentino y por sobre todas las cosas con el derecho consuetudinario aborigen. Específicamente el tema de la comunidad de Yriapu asentadas en las 600 hectáreas en el Departamento Iguazú. Hemos tenido antecedentes que no son muy gratos, no solamente para el Pueblo Guaraní, sino para nosotros, para nuestro pueblo y nuestra cultura, como ha sido con el hecho que en el año 90 se haya pretendido desalojarlos por la fuerza a seis o siete famílias de esa comunidad, esto ha quedado muy impactado y ha quedado muy en la retina que en aquella oportunidad eran jóvenes y que hoy lideran a toda esa zona del Pueblo Guaraní, llámese la familia Moreira, llámese la familia Benítez, llámese otras familias que han sufrido en carne propia aquella pretendida, aquél pretendido desalojo que se quizo hacer de esa comunidad. A partir de ahí, con este antecedente desastroso, hemos recabado la mayor cantidad posible de información para ver la problemática cierta de esta comunidad, que es la cmunidad de Mborore.

Específicamente la comunidad de Yriapu está asentada dentro de las 600 has que pertenecen a la Provincia, 600 has que a partir del año 2000 fueron destinadas para un Plan o un Proyecto Estratégico de Desarrollo Turístico para la provincia de Misiones. Acá comienza el problema. En aquel primer Proyecto que se venía realizando no se ha tenido en cuenta y estamos hablando antes del año 2000, no se ha tenido en cuenta a los hermanos aborígenes asentados en estas 600 has.

A partir del año 2.000 se comienzan las negociaciones porque se había planteado la posibilidad de que estos hermanos aborígenes sean trasladados a otras hectáreas solicitadas también en aquel entonces por el cacique de la comunidad Porfirio Benítez, a unas 200 has. Dentro de unas 2000 has. Que también están en litigio como ocupantes ilegales y de algunos antecedentes, nosotros tenemos que ya en el año 1999, Porfirio Benítez solicitaba junto con Silvino Moreira, 200 has. Para poder trasladarse con todas sus famílias. Después la comunidad resuelve, la comunidad reunida en asamblea resuelve que ellos no querían trasladarse de allí y seguimos hablando del año 2000 todavía porque era el lugar donde ellos han permanecido siempre, han estado siempre y también porque tenían desarrollado un proyecto turístico, quen conoce la zona de las 60 has, sabe que en esa comunidad hay un circuito turístico que es uno de los ingresos que también tiene la comunidad que le ayuda a sobrevivir. En base a estos antecedentes se reformula aquel el primer proyecto de Plan Estratégico por decisiones de Estado y por la problemática que esto significaba en la interactuación de ambas culturas y se establece que, se resuelve, mejor dicho que ese asentamiento, esa comunidad no iba a hacer cambiado ni se la iba a relocalizar.




Giussepe – Osea que podían seguir ocupando esas tierras y no iban a ser trasladados a otras. Podían mantener su territorio.


OC – Exacto. En base a lo solicitado por el cacique Porfirio Benítez en aquél momento que ellos no querían moverse de esas tierras. Entonces se ha resuelto en la modificación del Plan Estratégico Turístico. Transferirle en titularidad 68 has del Lote, ya le voy a decir específicamente, del Lote Nº ...


G. – Estamos hablando de una zona, de una propiedad de 2000 has aproximadamente


OC. – No, no, ese es otro problema, 600 has.


G.- La ocupación de estas 600 has, sólo un lote estaba asentada la comunidad de Yriapu


OC. – Exactamente. En el Lote Nº 10. Ese Lote tiene aproximadamente 190 a 200 has, que en este Plan Estratégico fueron declaradas intangibles. No se puede tocar el monte, no se puede desforestar, no se puede tocar la madera, es un colchón natural.


G. Aquí nace parte del conflicto


OC – Aquí nace parte del conflicto por una mala interpretación, porque cuando esto figura en el Proyecto como zona intangible, algunos comunicadores le han transmitido o han operado junto con algunas organizaciones intermedias para hacerles creer a nuestros hermanos aborígenes de la comunidad de Yriapu que iban a ser trasladados de ese lote al lote 13, cuando en realidad la propuesta era que ese lote 10 se mantenga intangible, hablamos del lote de 200 has y se le iba a transferir en calidad de titulares domiliares a la comunidad de Yriapu, el lote 13, un lote con 70 has aproximadamente, esto que no significaba que no significaba que tenían que cambiarse del 10 al 13. Seguían en su lugar, pero como esta zona iba a ser declarada intangible y como nosotros sabemos que nuestros hermanos aborígenes hacen rozados y plantaciones anuales o periódicos, uno de los objetivos era decirle, bueno, tienen estas 60 has para que ustedes sigan practicando tareas agrícolas o agriculturas, pero no en estas 200 has que son declaradas intangibles, esta propuesta tampoco fue aceptada, los hermanos aborígenes han manifestado públicamente que, voy a hacer mención si encuentro por acá, específicamente el 15 de marzo del 2003, en una reunión que se realizó en el Concejo Deliberante de la Ciudad de Yguazú, "ellos han recibido con mucho agrado y mucho entusiasmo estas 60 has en calidad de titulares" que específicamente decía que "el cacique de la comunidad de Yriapu, Miguel Morínigo, recibió con mucho beneplácito una copia del instrumento por la cual el Concejo Deliberante le hacía entrega de esta propuesta, de este proyecto".

G. – Cuándo fue esto


OC. – El 15 de marzo del 2003

G. – Y ahora esto, como


OC. – Con posterioridad a esto, sin ninguna duda, habrán participado algún tipo de operadores, como decimos nosotros, en nuestra jerga. Le hicieron ver que no era negocio recibir las 60 has en calidad de titulares, de que ellos sigan reclamando las 600 has.

Después de esta situación, inclusive ellos mismos lo manifestaban, no sé si en esta nota periodística, pero sí en otra nota periodística de fecha seis de abril del 2003. El cacique Morínigo también manifestaba a la prensa que tenemos que estar en la zona 10, es allí donde siempre estuvimos, donde están nuestros antepasados, donde ocupamos la tierra hace muchísimos años y queremos seguir ocupando y, hace expresa referencia a la zona 10. Con estos antecedentes, nosotros desde la Dirección de Asuntos Guaraníes elevamos una propuesta al Ejecutivo provincial y le transmitimos que no existe ningún inconveniente desde nuestra óptica, que se le transfiera en calidad de titulares de la zona 10 y la zona 13 a la comunidad de Yriapu, que sean los titulares, porque ellos son parte de la diversidad. Ampliando y reivindicando en realidad lo que ellos estaban reclamando, que ellos querían la titularidad de las 200 has, también porque ellos siempre estuvieron allí y es cierto, ellos están allí. Entonces, ante esta nueva propuesta que se hace, que se transfiera la titularidad de la tierra del lote 10 y el lote 13 que ambos suman la totalidad de 260 has. Esto es aceptado por nuestro Ejecutivo con un muy buen criterio y es la propuesta con la que estamos trabajando actualmente, pero también nosotros hemos observado en este período de nuestra gestión cómo han sido devastados los montes del Pueblo Guaraní, cómo han perdido su poncho, por decirlo así, con la explotación de la madera.


G. – Por parte de los propios guaraníes o por...


OC. – Acá hay una responsabilidad conjunta, esto podría explicar después, en realidad quienes obtienen la autorización para la explotación de la masa boscosa nativa es la comunidad, ellos solicitan autorización al Ministerio de Ecología para explotar sus montes a través de un plan de aprovechamiento que es autorizado y toda la parte administrativa. Pero quienes solicitan la explotación de los montes nativos son las comunidades porque tienen personerías jurídicas, porque tienen principio de autodeterminación y porque si ellos quieren comercializar su madera y es aprobado su plan de aprovechamiento de masa boscosa nativa, en tanto y en cuanto cumplan con los requisitos establecidos en la norma. Pero sabemos que tenemos mucha problemática en materia de control o sea que hay también exceso en esta explotación de madera.

Nosotros al observar el gran impacto cultural y ambiental en distintas comunidades, como la comunidad de Fracrán, la de Santiago de Liners, la de Perutí, creímos conveniente que esta donación que se haga a la comunidad de Yriapu se haga con cargo, con el cargo que sea declarada esta zona reserva natural y cultural intangible, qué significa esto, que se garantiza la intangibilidad del monte que sirve como colchón, entre lo que es la ciudad y la naturaleza.





G. – Esas 200 has que vos comentabas, que el Ejecutivo dispuso que se reivindique la aspiración del Pueblo Guaraní, que se las titularice, además se las declararía

OC. – Reserva natural y cultural

G. – Reserva natural y cultural, ahora bien, esto soluciona el conflicto, ellos están pidiendo más, ellos siguen

OC. – Nosotros, trabajando en base a las manifestaciones del cacique, en base a los antecedentes que obran en esta Dirección, del permanente contacto y diálogo con el Pueblo Guaraní para ir solucionando en forma conjunta y en un marco integrado la problemática que se va planteando, por que, si bien nuestra Constitución, en su Artículo 75, Inciso 17 reconoce específicamente el respeto a la identidad y el derecho a una educación bilingüe e intercultural, reconoce las personerías jurídicas de sus comunidades y la posesión comunal y comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan, esta modificación constitucional adolece de grandes lagunas jurídicas. Yo creo que acá comienza la atomización de los pueblos aborígenes del país. Por qué?, porque la Constitución reconoce la pre existencia étnica y cultural de los pueblos y a su vez reconoce la garantía jurídica, la personería jurídica, perdón, de sus comunidades; qué quiere decir esto?, la Constitución tuvo que haber reconocido personería jurídica al Pueblo Guaraní, no a cada una de las comunidades que la integran porque esto es lo que atomizó al Pueblo.

G. – Pero porsupuesto

OC. – Tenemos 72 comunidades con personería jurídica y el Pueblo está desapareciendo, la noción de Pueblo, la noción de Estado desaparece, cuando nuestros legisladores por ser consecuentes con un reclamo serio hacen una payasada como este artículo. Por que acá también se reconoce el derecho comunitario que no está legislado en el derecho positivo argentino y nunca más lo vieron.

G. Yo creo que esto abarca mucho más y se tendría que trabajar sobre la modificación de este...



OC. – Según dictamen del 21 de julio, la problemática se funda en la falta de seguridad, continuidad y permanencia de las decisiones tomadas por las autoridades políticas aborígenes, una vez que estos son removidos de sus funciones por otros miembros de la comunidad o sea que no hay continuidad de las decisiones.

En virtud de esto nos encontramos elaborando una solución alternativa que es esta de la que le había hablado, entregar la titularidad del lote 10 y el lote 13 con el cargo que sea declarado reserva natural y cultural, que proteja los derechos de la comunidad en el marco del respeto y garantías jurídicas de ambas culturas, tanto desde la óptica del derecho positivo argentino y menciono el Convenio 169 de la OIT, para nosotros es el Convenio vigente y el derecho consuetudinario aborigen.

agrega un comentario